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Desde que se celebraron las primeras elecciones democráticas se está hablando de la conveniencia, o no, de cambiar la ley electoral. Ahora vuelven a cuestionarse sobre si establecer listas abiertas para el Congreso, y/o modificar el sistema de adjudicación de escaños que se realiza por la aplicación de la Ley de Hondt, aplicando otros mecanismos.
El debate está abierto sobre qué hacer con los restos electorales para que se pierdan los menos votos entre los restos electorales, es decir, aquellos no contabilizados por la ley d’Hondt.
Sobre la posibilidad de incluir una encuesta en el reverso de las papeletas de votación, de contestación voluntaria, a fin de que cada partido pueda preguntar a sus votantes y conocer la opinión de quienes les votan.
También se planea a discusión si habría que incidir en la Ley de Partidos sobre la oportunidad de que las listas al congreso, abiertas con ordenación de preferencia, tengan que incluir candidatos de tendencias minoritarias, con el propósito de aumentar la pluralidad y democratización en los partidos.
Otro debate abierto es sobre las circunscripciones y su desigual peso demográfico. Circunscripciones desiguales en población provoca que el voto en las más pobladas tenga menos valor que en las menos pobladas. Como ejemplo, un diputado en Madrid representa a cuatro veces más población que un diputado en Soria, de modo que el voto de un soriano vale cuatro veces más que el de un madrileño.
Y un largo etcétera de cuestiones que pueden y deben ser evaluadas para buscar cómo enriquecer la calidad democrática del sistema electoral.
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El proyecto institucional de la transición fue diseñado para perpetuar en España el modo de gobierno de la derecha, es decir, la continuidad de los resortes del poder que venía de la dictadura. Se trataba de evitar en España riesgos revolucionarios, aunque fueran con consenso social y sin violencia, del estilo de la revolución de los claveles de nuestro vecino Portugal.
La primera Ley electoral, de 1977, fue diseña por el equipo de Adolfo Suárez para asegurarse la mayoria parlamentaria en las elecciones que iba a convocar el junio de aquel año 1977. Era, y es, puesto que en sus disposiciones fundamentales no se ha modificado desde entonces, una ley que favorece la representgatividad de los votantes de las provincias menos pobladas, que en 1977 y sigue siendo así, tienen una cultura social de mayoria conservadora. La sobrerepresentacón de las provincias de la España interior convenía mucho al gobierno Suarez. Incomprensiblemente no hubo intención de cambiarla para que fuera más neutral, principalmente, porque la ley electoral, por lo que se refiere al Senado, está blindada en la Constitución.
Una España democrática no puede funcionar justificando un sesgo del sistema electoral que beneficia a los territorios de la España interior en perjucio de las comunidades periféricas.
En efecto. La reforma de las normas electorales al alcance de los gobiernos es la que se contiene en la LOREG que se puede cambiar por mayoría simple. Otra cosa es que, después de una reforma racional y desde principios de equidad en el valor del voto sea cual sea el territorio, la nueva norma electoral debiera tener rango constitucional y renovarse con mayoria cualificada.
ok
Un análisis profundo y reflexivo sobre posibles mejoras en el sistema electoral. ¡Es alentador ver el compromiso con la democracia y la búsqueda de una mayor representatividad!
«Un enfoque valioso y completo sobre los desafíos y oportunidades para fortalecer nuestro sistema electoral. ¡Esperamos ver avances hacia una democracia más inclusiva y participativa!
Gracias